El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, a través de la Ley 6.842 (Boletín Oficial del 23/09/2025), abrió un Régimen Especial de Regularización de Obligaciones Tributarias. Se trata de una medida extraordinaria y conveniente para contribuyentes y responsables de tributos administrados por AGIP.
Alcances principales
- Deudas incluidas: obligaciones vencidas hasta el 31 de agosto de 2025 e infracciones cometidas hasta esa fecha (siempre que no estén firmes).
- Plazo de adhesión: 90 días desde la entrada en vigencia (3 de noviembre de 2025), con posibilidad de prórroga por otros 90 días.
- Modalidad: total o parcial. Si hay deuda en juicio, el plan debe incluir la totalidad de lo reclamado.
Beneficios
- Condonación de recargos, multas y sanciones (infracciones no firmes).
- Hasta 48 cuotas y 100% de condonación de intereses en ciertos casos.
- Levantamiento de embargos e inhibiciones ya trabados.
- Suspensión de acciones penales tributarias, siempre que no haya sentencia firme.
- Posibilidad de dación en pago con fondos embargados.
Costos y limitaciones
- Pago de costas y honorarios devengados antes de la ley.
- Intereses de financiación: 3% mensual para grandes contribuyentes y 2% mensual para el resto.
- Excluidos: ciertos planes anteriores con condonaciones especiales y otros casos previstos en el art. 4 de la ley.
- Quienes se adhieran por Patentes, Inmobiliario o ABL pierden la bonificación del Código Fiscal para el año siguiente.
Aspectos operativos
- Adhesión automática al domicilio fiscal electrónico (DFE) y a la boleta electrónica.
- La prescripción se interrumpe: los plazos comienzan a contarse de nuevo sobre lo regularizado.
- AGIP definirá detalles procedimentales y operativos.
Vigencia
- Entra en vigencia el 3 de noviembre de 2025.
- Adhesión disponible hasta principios de febrero de 2026 (con chance de prórroga hasta mayo de 2026).